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Derecho público chileno

DictamenN° 22.821 de 201316 abr 2013

Sobre legalidad de las transcripciones de los decretos del Ministerio de Defensa Nacional que indica y remite fotocopia de jurisprudencia relativa a la aplicación del…

Fecha
16 de abril de 2013
Materia
Procedimiento administrativo y actos administrativos
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 18575 art/24
Descriptores
concesión marítima, transcripción de documento, validez instrumentos, silencio administrativo
Cita
Dictamen N° 22.821 de 2013

Sumario

Sobre legalidad de las transcripciones de los decretos del Ministerio de Defensa Nacional que indica y remite fotocopia de jurisprudencia relativa a la aplicación del silencio administrativo

Relaciones

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Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 22.821 Fecha: 16-IV-2013 Se ha remitido a esta Contraloría General la presentación efectuada por don nombre reservado, consultando sobre la legalidad de la caducidad de su concesión marítima, declarada mediante el decreto N° 504, de 2011, del Ministerio de Defensa Nacional, y de los decretos exentos N°s. 569 y 2.810, de 2012, de esa repartición, puesto que a su juicio, no están firmados por quien corresponde.

Además, consulta sobre la legalidad de que el mencionado servicio entienda rechazado el recurso de reposición que no le fue respondido dentro del plazo legal, estimando que habría procedido aplicar el silencio positivo, y no el negativo.

Sobre el particular, es preciso anotar que el artículo 24 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, en lo que interesa, dispone que a los subsecretarios corresponde actuar como ministros de fe.

De ello se sigue que los subsecretarios pueden firmar las transcripciones de los decretos dando fe de su autenticidad, sin obligación de que aparezca estampada la firma de la autoridad que ha expedido el respectivo acto original.

En el caso en estudio, consta que como Ministro de fe, el Subsecretario para las Fuerzas Armadas ha firmado las transcripciones de los respectivos decretos, cuyos originales han sido debidamente rubricados por el Ministro de Defensa Nacional, por orden del Presidente de la República.

En consecuencia, no se advierte irregularidad alguna en el actuar de esa Subsecretaría de Estado, debiendo desestimar la presentación del recurrente.

Finalmente, en cuanto a la consulta sobre silencio administrativo, cumple con informar que esta Contraloría General se ha pronunciado respecto a situaciones similares a la señalada en su solicitud, en diversos dictámenes que constituyen su jurisprudencia, manifestando que en esos casos debe aplicarse el silencio negativo.

Para su conocimiento, se remite fotocopia de los dictámenes N°s. 56.808, de 2005, y 3.484, de 2013, de este origen.

nombre reservado

Contralor General de la República