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Derecho público chileno

DictamenN° 90.909 de 201620 dic 2016

Cursa con alcances el decreto N° 332, de 2016, del Ministerio de Educación

Fecha
20 de diciembre de 2016
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
facultades cgr, toma de razón, convenios entre entidades públicas, transcripción, inutilización página
Cita
Dictamen N° 90.909 de 2016

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 90.909 Fecha: 20-XII-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que aprueba la modificación del convenio celebrado entre el Ministerio de Educación y la Municipalidad de Coyhaique, para realizar obras de mejoramiento en la “Escuela Baquedano”, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que la transcripción que realiza la Subsecretaria de Educación, debe consignarse solo en las copias del acto administrativo, certificando su autenticidad como ministro de fe, pero no en el original del mismo, como acontece en la especie (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s 79.088, de 1972 y 22.821, de 2013).

Además, esa Secretaría de Estado, en lo sucesivo, deberá inutilizar el reverso de las páginas de sus actos administrativos con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, o bien imprimir tales documentos por ambos lados (aplica dictamen N° 49.256, de 2016).

Finalmente, se debe tener presente que el porcentaje señalado en el literal a) del primer párrafo de la cláusula quinta del convenio que se modifica, ha sido consecuencialmente alterado por el decreto en estudio, habida consideración del aumento del costo total del proyecto.

Con los alcances que anteceden, se ha dado curso al decreto del epígrafe.

Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República