Cursa con alcances el decreto N° 208, de 2016, del Ministerio de Educación
- Fecha
- 4 de agosto de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- facultades cgr, toma de razón, monumento nacional, inutilización página, intervención ministro de fe
- Cita
- Dictamen N° 57.408 de 2016
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 9.937 de 2019
- Aplica Dictamen N° 9.068 de 2018
- Aplica Dictamen N° 84.149 de 2016
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 49.256 de 2016
- Aplica Dictamen N° 22.821 de 2013
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 57.408 Fecha: 04-VIII-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que declara monumento nacional en la categoría de monumento histórico al conjunto de inmuebles y sitios correspondientes a la “Ex Colonia Dignidad”, por encontrarse ajustado a derecho, pero cumple con hacer presente que aquellos bienes se encuentran ubicados en la Ruta L-865, de la Región del Maule, y no en la Ruta L-86, como se establece en la parte considerativa, y en el N° 1 de la parte dispositiva del decreto en estudio. Además, esa Secretaría de Estado, en lo sucesivo, deberá inutilizar el reverso de las páginas de sus actos administrativos con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, o bien imprimir tales documentos por ambos lados (aplica dictamen N° 49.256, de 2016). Sin perjuicio de lo anterior, se ha estimado necesario señalar que la transcripción que realiza la Subsecretaria de Educación, debe consignarse solo en las copias del acto administrativo, certificando su autenticidad como ministro de fe, pero no en el original del mismo, como acontece en la especie (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s 79.088, de 1972 y 22.821, de 2013). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República