Cursa con alcances la resolución N° 140, de 2017, de la Dirección General de Obras Públicas
- Fecha
- 18 de diciembre de 2017
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 18575 art/3 inc/2, ley 18575 art/8
- Descriptores
- facultades cgr, toma de razón, contrato de asesoría, inspección fiscal, demora tramitación
- Cita
- Dictamen N° 44.028 de 2017
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° E458.802 de 2024
- Aplica Dictamen N° E430.880 de 2023
- Aplica Dictamen N° E423.980 de 2023
- Aplica Dictamen N° E421.655 de 2023
- Aplica Dictamen N° E421.603 de 2023
- Aplica Dictamen N° E420.642 de 2023
- Aplica Dictamen N° E420.495 de 2023
- Aplica Dictamen N° E418.326 de 2023
- Aplica Dictamen N° E406.417 de 2023
- Aplica Dictamen N° E405.859 de 2023
- Aplica Dictamen N° E389.452 de 2023
- Aplica Dictamen N° E365.736 de 2023
- Aplica Dictamen N° E361.090 de 2023
- Aplica Dictamen N° E345.898 de 2023
- Aplica Dictamen N° E345.806 de 2023
- Aplica Dictamen N° E300.636 de 2023
- Aplica Dictamen N° E295.644 de 2023
- Aplica Dictamen N° E295.024 de 2023
- Aplica Dictamen N° E264.341 de 2022
- Aplica Dictamen N° E247.690 de 2022
- Aplica Dictamen N° E242.457 de 2022
- Aplica Dictamen N° E237.657 de 2022
- Aplica Dictamen N° E235.196 de 2022
- Aplica Dictamen N° E206.308 de 2022
- Aplica Dictamen N° E180.117 de 2022
- Aplica Dictamen N° E179.526 de 2022
- Aplica Dictamen N° E176.467 de 2022
- Aplica Dictamen N° E170.576 de 2021
- Aplica Dictamen N° E162.075 de 2021
- Aplica Dictamen N° E159.749 de 2021
- Aplica Dictamen N° E155.890 de 2021
- Aplica Dictamen N° E153.923 de 2021
- Aplica Dictamen N° E147.623 de 2021
- Aplica Dictamen N° E139.937 de 2021
- Aplica Dictamen N° E137.834 de 2021
- Aplica Dictamen N° E137.354 de 2021
- Aplica Dictamen N° E136.736 de 2021
- Aplica Dictamen N° E135.995 de 2021
- Aplica Dictamen N° E135.702 de 2021
- Aplica Dictamen N° E135.197 de 2021
- Aplica Dictamen N° E133.645 de 2021
- Aplica Dictamen N° E126.771 de 2021
- Aplica Dictamen N° E125.548 de 2021
- Aplica Dictamen N° E125.547 de 2021
- Aplica Dictamen N° E125.339 de 2021
- Aplica Dictamen N° E125.305 de 2021
- Aplica Dictamen N° E120.464 de 2021
- Aplica Dictamen N° E120.423 de 2021
- Aplica Dictamen N° E120.120 de 2021
- Aplica Dictamen N° E118.878 de 2021
- Aplica Dictamen N° E118.855 de 2021
- Aplica Dictamen N° E112.811 de 2021
- Aplica Dictamen N° E112.037 de 2021
- Aplica Dictamen N° E108.683 de 2021
- Aplica Dictamen N° E102.598 de 2021
- Aplica Dictamen N° E101.163 de 2021
- Aplica Dictamen N° E101.000 de 2021
- Aplica Dictamen N° E95.315 de 2021
- Aplica Dictamen N° E94.538 de 2021
- Aplica Dictamen N° E71.503 de 2021
Se muestran 60 de 98.
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 25.179 de 2017
- Aplica Dictamen N° 19.992 de 2017
- Aplica Dictamen N° 15.204 de 2017
- Aplica Dictamen N° 85.054 de 2016
- Aplica Dictamen N° 31.850 de 2016
- Aplica Dictamen N° 89.701 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 44.028 Fecha: 18-XII-2017 La Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba una modificación del contrato de la “Asesoría a la Inspección Fiscal para la Construcción de la Obra: Hospital de Antofagasta”. No obstante lo anterior, cumple con hacer presente que se advierten algunas imprecisiones en la modificación que se aprueba –vgr., la inclusión del recurso “Desarrollo de indicadores” y de la unidad de los especialistas (Gl.), los que no corresponde incorporar en el anexo N° 3 del convenio–, circunstancia que esa entidad deberá evitar en lo venidero, de manera de expresar fielmente lo contratado. Asimismo, es dable precisar que el documento de la especie ha sido dictado con retraso, si se tiene en consideración que su fecha es 27 de noviembre del año en curso y la modificación de contrato fue suscrita el día 20 de junio de la misma anualidad. Lo anterior, no se aviene con los principios y deberes establecidos en los artículos 3°, inciso segundo y 8° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Atendido lo expuesto, en lo sucesivo, ese servicio deberá adoptar las medidas que sean necesarias a fin de que los actos administrativos sean emitidos oportunamente, tal como se ha señalado, entre otros, en los dictámenes N°s 31.850, de 2016, y 15.204 y 19.992, ambos de 2017. Finalmente, es menester indicar que a la fecha no se ha tramitado totalmente el acto administrativo pertinente que formalice la resolución exenta N° 1.618, del presente año, de la Dirección General de Obras Públicas, que modificó el contrato de concesión de la referida obra por razones de interés público y urgencia –y que sirve de antecedente y fundamento del documento en examen–, no importando la presente toma de razón pronunciamiento alguno respecto de la procedencia de esa modificación (aplica criterio de dictámenes N°s 89.701, de 2015, 85.054, de 2016 y 25.179, de 2017, todos de este origen). Con los alcances que preceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República nombre reservado
Jefe División de Infraestructura y Regulación