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Derecho público chileno

DictamenN° 31.850 de 201628 abr 2016

Cursa con alcances la resolución Nº 56, de 2016, de la Dirección General de Obras Públicas

Fecha
28 de abril de 2016
Materia
Obras públicas y concesiones
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 18575 art/3 inc/2, ley 18575 art/8
Descriptores
Contratos administrativos, concesiones, concesiones aeroportuarias, asesoría a la inspección fiscal
Cita
Dictamen N° 31.850 de 2016

Relaciones

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Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 31.850 Fecha: 28-IV-2016 La Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba una modificación de contrato de la “Asesoría de Inspección Técnica a la Explotación de la Obra Aeroportuaria Concesionada Aeropuerto Internacional nombre reservado de Santiago”, pero cumple con manifestar que entiende que el saldo del gasto a que alude en su resuelvo N° 6, se pagará con cargo a futuros presupuestos, lo que se ha omitido consignar. Asimismo, cabe señalar que el documento de la especie ha sido dictado con evidente retraso, si se tiene presente que el acuerdo fue suscrito el 26 de noviembre de 2015. Lo anterior, no se aviene con los principios y deberes establecidos en los artículos 3°, inciso segundo, y 8° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Atendido lo expuesto, en lo sucesivo, ese Servicio deberá adoptar las medidas que sean necesarias a fin de que los actos administrativos sean emitidos oportunamente (aplica criterio contenido en el dictamen N° 5.272, de 2016). Finalmente, es menester anotar que se advierten algunos errores e imprecisiones en la modificación que se aprueba, en lo referido a la indicación de las obligaciones contempladas en el antiguo y en el nuevo contrato de concesión de obra al que accede la presente asesoría –vgr., en la cantidad de servicios nuevos a fiscalizar, siendo 19 y no como allí se indica–, lo que si bien atendida su entidad no vicia el acto de la especie, esa Dirección deberá evitar en el futuro. Con los alcances que preceden, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República