Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 41.233 de 20111 jul 2011

Exonerado político, ex profesor del Ministerio de Educación, no tiene derecho a obtener una pensión transaccional por expiración obligada de funciones, conforme…

Fecha
1 de julio de 2011
Materia
Previsión y seguridad social de funcionarios
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 19234 art/1, ley 19234 art/2
Descriptores
pensión transaccional, expiración obligada de pensiones, exonerado político
Cita
Dictamen N° 41.233 de 2011

Sumario

Exonerado político, ex profesor del Ministerio de Educación, no tiene derecho a obtener una pensión transaccional por expiración obligada de funciones, conforme artículos 1° y 2° de ley N° 19.234, pues no reúne los requisitos legales

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 41.233 Fecha: 01-VII-2011 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General el señor nombre reservado, ex profesor del Ministerio de Educación, exonerado político, para solicitar se reconsidere el dictamen N° 22.698, de 2004, de este origen, y que, en definitiva, se le conceda la pensión transaccional por expiración obligada de funciones que, a su juicio, le corresponde.

Sobre el particular, cabe anotar, en primer término, que a través de los dictámenes N° s. 44.995, de 2004, 28.063, de 2005, 61.286, de 2008, 26.950, de 2009, 13.689 y 57.150, los dos de 2010, y 22.748, de 2011, todos de este Organismo Fiscalizador, se arribó a la misma conclusión alcanzada en el oficio cuya reconsideración solicita, esto es, que al reclamante no le asiste el derecho a obtener una pensión transaccional por expiración obligada de funciones, regulada en los artículos 1° y 2° de la ley N° 19.234, pues no cumple con los requisitos legales fijados para dicho efecto.

Ahora bien, atendido que la situación previsional del solicitante ha sido exhaustivamente analizada en reiteradas ocasiones, y dado que en esta oportunidad no aporta nuevos antecedentes que permitan alterar lo concluido, no cabe sino desestimar la solicitud formulada.

nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante