Cursa con alcance el decreto Nº 119, de 2017, del Ministerio de Obras Públicas
- Fecha
- 9 de mayo de 2018
- Materia
- Obras públicas y concesiones
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- Facultades CGR, toma de razón, concesiones de obras públicas, modificación por razones de interés público
- Cita
- Dictamen N° 11.784 de 2018
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° E352.558 de 2023
- Aplica Dictamen N° E315.727 de 2023
- Aplica Dictamen N° E197.511 de 2022
- Aplica Dictamen N° E194.706 de 2022
- Aplica Dictamen N° E180.996 de 2022
- Aplica Dictamen N° E157.479 de 2021
- Aplica Dictamen N° E142.577 de 2021
- Aplica Dictamen N° E141.575 de 2021
- Aplica Dictamen N° E141.574 de 2021
- Aplica Dictamen N° E140.749 de 2021
- Aplica Dictamen N° E121.920 de 2021
- Aplica Dictamen N° E121.607 de 2021
- Aplica Dictamen N° E120.463 de 2021
- Aplica Dictamen N° E116.280 de 2021
- Aplica Dictamen N° E115.105 de 2021
- Aplica Dictamen N° E96.176 de 2021
- Aplica Dictamen N° E72.724 de 2021
- Aplica Dictamen N° E72.238 de 2021
- Aplica Dictamen N° E53.283 de 2020
- Aplica Dictamen N° E47.491 de 2020
- Aplica Dictamen N° E47.019 de 2020
- Aplica Dictamen N° E44.766 de 2020
- Aplica Dictamen N° E39.948 de 2020
- Aplica Dictamen N° E25.174 de 2020
- Aplica Dictamen N° 9.672 de 2020
- Aplica Dictamen N° 832.220 de 2020
- Aplica Dictamen N° 1.441 de 2020
- Aplica Dictamen N° 21.887 de 2019
- Aplica Dictamen N° 21.886 de 2019
- Aplica Dictamen N° 21.803 de 2019
- Aplica Dictamen N° 17.347 de 2019
- Aplica Dictamen N° 11.547 de 2019
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 8.143 de 2018
- Aplica Dictamen N° 38.221 de 2017
- Aplica Dictamen N° 25.641 de 2016
- Aplica Dictamen N° 92.694 de 2015
- Aplica Dictamen N° 86.643 de 2014
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 11.784 Fecha: 09-V-2018 La Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que modifica por razones de interés público las características de las obras y servicios que indica del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada “Concesión Internacional Sistema Oriente – Poniente”, sancionando lo dispuesto a través de las resoluciones exentas N°s 4.621, de 2016 y 3.141, de 2017, ambas de la Dirección General de Obras Públicas.
Sin perjuicio de lo anterior, corresponde expresar que la formalización de la modificación de que se trata, ha debido dictarse con la debida oportunidad, de modo tal que el control previo de juridicidad que se lleve a cabo pueda efectuarse en forma eficaz, lo que no ocurre en la especie, toda vez que las citadas resoluciones son de fecha 30 de diciembre de 2016 y 14 de agosto de 2017, respectivamente, y el decreto que se examina data del 2 de noviembre de 2017 y fue ingresado a tramitación ante esta entidad el 7 de marzo de 2018, tal como se le ha señalado a ese ministerio respecto de situaciones similares, entre otros, a través de los dictámenes N os 86.643, de 2014; 92.694, de 2015; 25.641, de 2016; 38.221, de 2017 y 8.143, de 2018, todos de este origen.
Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del decreto del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República