Competencia para resolver la desafiliación del sistema de pensiones del decreto ley N° 3.500
- Fecha
- 10 de junio de 2015
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 18225 art/1, ley 20255 art/47 num/1
- Descriptores
- orgánica de la administración del estado, servicios públicos, funciones y atribuciones, contraloría general de la república, facultades CGR, abstenciones
- Cita
- Dictamen N° 46.316 de 2015
Resumen
No procede que la Contraloría se pronuncie sobre la materia, pues su conocimiento y resolución corresponde a la Superintendencia de Pensiones, que ya respondió los requerimientos de la interesada.
Sumario de la Contraloría
Desafiliación del sistema previsional establecido en el decreto ley N° 3.500, de 1980, es competencia de la Superintendencia de Pensiones
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 28.221 de 2017
- Aplica Dictamen N° 4.458 de 2017
- Aplica Dictamen N° 76.899 de 2015
- Aplica Dictamen N° 69.967 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 46.316 Fecha: 10-VI-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora nombre reservado, para solicitar su desafiliación del sistema de pensiones establecido en el decreto ley N° 3.500, de 1980.
Sobre el particular, cabe manifestar que de acuerdo a lo previsto por el artículo 1° de la ley N° 18.225, en relación al artículo 47 N° 1 de la ley N° 20.255, el organismo que debe conocer y resolver esta materia, es la Superintendencia de Pensiones.
En este sentido, se hace presente que la aludida entidad fiscalizadora, mediante sus oficios N os 19.151 y 30.552, ambos de 2014, dio respuesta oportuna a los requerimientos de la interesada, expresando en términos suficientes las motivaciones que la llevaron a adoptar la decisión que allí se contiene, previo análisis de los aspectos de hecho y de derecho del problema planteado, concluyendo que esta no cumple con los requisitos para acceder a lo pedido.
En consecuencia, no procede que este Órgano de Control se pronuncie sobre un asunto revisado -dentro del ámbito de sus atribuciones-, por la institución competente.
Transcríbase a la Superintendencia de Pensiones.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante