Cursa con alcances la resolución N° 36, de 2011, de la Dirección General de Obras Públicas que acepta la propuesta para la ejecución del contrato denominado…
- Fecha
- 9 de mayo de 2011
- Materia
- Obras públicas y concesiones
- Descriptores
- acepta propuesta, ejecución de contrato, obras
- Cita
- Dictamen N° 28.733 de 2011
Sumario
Cursa con alcances la resolución N° 36, de 2011, de la Dirección General de Obras Públicas que acepta la propuesta para la ejecución del contrato denominado "Construcción de Embalse Chacrillas, Putaendo, V Región de Valparaíso"
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 2.197 de 2010
- Aplica Dictamen N° 68.788 de 2009
- Aplica Dictamen N° 65.406 de 2009
- Aplica Dictamen N° 56.197 de 2009
- Aplica Dictamen N° 43.808 de 2009
- Aplica Dictamen N° 43.319 de 2009
- Aplica Dictamen N° 33.427 de 2009
- Aplica Dictamen N° 9.277 de 2009
- Aplica Dictamen N° 8.147 de 2009
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 28.733 Fecha: 9-V-2011 La Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 36, de la Dirección General de Obras Públicas,que, entre otras medidas -y previa convocatoria a un proceso de precalificación en el año 2009 -, acepta la propuesta para la ejecución del contrato denominado “Construcción Embalse Chacrillas, Putaendo, V Región de Valparaíso”, pero cumple con hacer presente que de acuerdo con los criterios que se han establecido en los oficios N°s 8.147, 9.277, 43.319, 65.406 y 68.788, todos de 2009, y 2.197, de 2010, de esta Entidad de Control, en lo sucesivo, esa repartición deberá en los referidos procesos de precalificación, aprobar mediante acto administrativo formal las respectivas bases, afecto a toma de razón, si es del caso, y, además, velar para que en la convocatoria a dichos certámenes se observe estrictamente el principio de libre concurrencia de los oferentes.
Del mismo modo, se debe recordar que acorde con lo dispuesto en el dictamen N o 33.427, de 2009, de esta Entidad Fiscalizadora, la Administración, en la materia de que se trata, no puede efectuar distinciones en cuanto al origen del título profesional exigido a los integrantes de los equipos de los licitantes.
Cabe añadir, que respecto de los valores pro forma se debe dar cumplimiento estricto, durante la ejecución del contrato, al punto 2.14 de las bases que rigieron la licitación de la especie, y a los criterios establecidos en los oficios N os 43.808 y 56.197, ambos de 2009, de esta Contraloría General, de manera que procede aplicar lo señalado en el numeral 12 del respectivo anexo complementario, sólo en cuanto se ajusta a ellos.
Finalmente, y en lo sucesivo, las enmendaduras que contengan los actos administrativos -como acontece respecto de la fecha del acto en examen-, han de ser salvadas mediante firma y timbre de funcionario competente.
nombre reservado
Contralor General de la República