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Derecho público chileno

DictamenN° 28.147 de 201614 abr 2016

Recurrente no aporta antecedentes que permitan modificar lo resuelto, por lo que se ratifican los dictámenes de este origen que se indican

Fecha
14 de abril de 2016
Materia
Previsión y seguridad social de funcionarios
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
Personal, seguridad social, pensión de retiro Dipreca
Cita
Dictamen N° 28.147 de 2016

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 28.147 Fecha: 14-IV-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando nuevamente la revisión de su situación previsional, por los motivos que indica.

Sobre el particular, es útil advertir que mediante los dictámenes N°s. 35.596 y 58.477, ambos de 2008, 50.487, de 2013, 63.565, de 2014, 12.556, 54.533 y 92.009, de 2015, esta Entidad Fiscalizadora analizó peticiones similares del interesado, resolviendo que su pensión de retiro otorgada en el régimen de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, se encuentra calculada de acuerdo al monto máximo, y que no es posible completar los 35 años de imposiciones para desahucio con aquellas que enteró en el ex Servicio de Seguro Social, toda vez que para ello solo es útil el lapso cotizado en dicho fondo y no los períodos erogados en otros regímenes, ni tampoco pueden ser retiradas, porque al ser un sistema de reparto los aportantes no tienen una titularidad sobre las mismas.

Siendo ello así, y dado que el asunto planteado por el señor nombre reservado ha sido latamente estudiado por este Órgano de Control, sin que los argumentos que esgrime en esta ocasión sean distintos a los tenidos en cuenta en los pronunciamientos citados, corresponde ratificarlos.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República