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Derecho público chileno

DictamenN° 28.122 de 201214 may 2012

Abstención de emitir pronunciamiento por no dirigirse a la autoridad en téminos respetusos y convenientes

Fecha
14 de mayo de 2012
Materia
Procedimiento administrativo y actos administrativos
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
POL art/19 num/14
Descriptores
derecho de petición, términos respetuosos y convenientes
Cita
Dictamen N° 28.122 de 2012

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 28.122 Fecha : 14-V-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña nombre reservado, ex funcionaria de la Policía de Investigaciones de Chile, solicitando la reconsideración del dictamen N° 4.770, de 2012, el cual concluye sobre la improcedencia del pago a la recurrente de la asignación policial por desempeño en unidades operativas.

Sobre el particular, es del caso señalar que mediante oficios N°s. 75.484, de 2010, 15.754, de 2011, y del mencionado 4.770, de 2012, este Ente Fiscalizador ya se ha pronunciado respecto de la materia consultada por la recurrente.

Sin perjuicio de lo anterior, esta Entidad de Control se abstendrá de emitir el pronunciamiento requerido, debido a que las expresiones utilizadas por la recurrente en su presentación no son concordantes con lo dispuesto por el artículo 19, N° 14, de la Constitución Política de la República, el cual asegura a todas las personas el derecho de presentar peticiones a la autoridad, sobre cualquier asunto de interés público o privado, sin otra limitación que la de proceder en términos respetuosos y convenientes, exigencia que no se cumple en la especie.

nombre reservado

Contralor General de la República