Cursa con alcance las resoluciones N°s 292, 293, 294, 295, 296, 297, 298, 299, 300 y 301, de 2016, de la Subsecretaría de Hacienda
- Fecha
- 22 de marzo de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- Facultades CGR, toma de razón, franquicias aduaneras
- Cita
- Dictamen N° 22.105 de 2016
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 39.351 de 2016
- Aplica Dictamen N° 38.663 de 2016
- Aplica Dictamen N° 37.478 de 2016
- Aplica Dictamen N° 36.154 de 2016
- Aplica Dictamen N° 36.153 de 2016
- Aplica Dictamen N° 36.152 de 2016
- Aplica Dictamen N° 34.910 de 2016
- Aplica Dictamen N° 34.909 de 2016
- Aplica Dictamen N° 34.905 de 2016
- Aplica Dictamen N° 34.365 de 2016
- Aplica Dictamen N° 34.363 de 2016
- Aplica Dictamen N° 33.436 de 2016
- Aplica Dictamen N° 31.847 de 2016
- Aplica Dictamen N° 31 de 2016
- Aplica Dictamen N° 29.852 de 2016
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 65.301 de 2015
- Aplica Dictamen N° 16.548 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 22.105 Fecha: 22-III-2016 Esta Entidad de Control ha dado curso a los documentos del rubro, que autorizan la franquicia aduanera que indican, por encontrarse ajustados a derecho, pero cumple con hacer presente que ese servicio, en lo sucesivo, deberá inutilizar, con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, las páginas en blanco de los instrumentos que se remitan para toma de razón, tal como se ha manifestado, entre otros, en los dictámenes N°s 16.548 y 65.301, ambos de 2015, de este Órgano Fiscalizador.
Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de las resoluciones del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República