Cursa con alcances las resoluciones N°s. 112, 123 y 130, de 2016, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud
- Fecha
- 10 de mayo de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- facultades cgr, toma de razón, contratos de suministro, trato directo, inutilización página
- Cita
- Dictamen N° 34.363 de 2016
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 23.412 de 2016
- Aplica Dictamen N° 22.105 de 2016
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 34.363 Fecha: 10-V-2016 Esta Entidad de Control ha dado curso a los documentos del rubro, que autorizan contratación directa y aprueban contratos para el suministro de los productos que se indican, por cuanto se ajustan a derecho.
No obstante, cumple con manifestar que esa institución, en lo sucesivo, deberá inutilizar las páginas en blanco de los instrumentos que se remitan para toma de razón, tal como se ha manifestado, entre otros, en los dictámenes N°s 22.105 y 23.412, ambos de 2016, de este Órgano Fiscalizador.
Además, se advierte que las cláusulas duodécima y décimocuarta de los contratos y sus respectivas transcripciones en los actos en examen, tienen el mismo tenor.
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de las resoluciones del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República