Ir al contenido
BuscadorConstitucional

Derecho público chileno

DictamenN° 29.852 de 201621 abr 2016

Cursa con alcances la resolución Nº 98, de 2016, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud

Fecha
21 de abril de 2016
Materia
Contratación pública, licitaciones y compras
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
Contratos administrativos, contratos, contratos de suministro
Cita
Dictamen N° 29.852 de 2016

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 29.852 Fecha: 21-IV-2016 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, que adjudica la propuesta pública para el suministro del producto que se indica, por cuanto se ajusta a derecho.

No obstante, cumple con manifestar que consta en la información publicada en el portal www.mercadopublico.cl que se dispondría de una extensión automática de dos días de plazo para presentar ofertas en el caso que se recibieran dos o menos propuestas, término extraordinario que no se encontraba previsto en las bases administrativas y, por ende, implicaba una modificación al referido pliego de condiciones, en orden a prorrogar el cierre de recepción de ofertas, que no fue realizada por resolución fundada debidamente tramitada (aplica criterio de dictamen N° 25.266, de 2016).

Además, atendido que el monto total de la contratación que se derivará de esta adjudicación supera las 100 UTM, el proveedor deberá suscribir el contrato respectivo, y no como se desprende de lo dispuesto en el N° 2 del acto de la suma.

Finalmente, esa institución, en lo sucesivo, deberá inutilizar, con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, las páginas en blanco de los instrumentos que se remitan para toma de razón, tal como se ha manifestado, entre otros, en los dictámenes N°s 22.105 y 23.412, ambos de 2016, de este Órgano Fiscalizador.

Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República