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Derecho público chileno

NormaLey N° 21.600166 de 167
Norma
Ley N° 21.600
Título
Crea el servicio de biodiversidad y áreas protegidas y el sistema nacional de áreas protegidas
Cita
Ley N° 21.600, artículo tercero

Texto del artículo

Artículo tercero.- El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de la presente ley durante su primer año de vigencia se financiará con cargo a las reasignaciones presupuestarias efectuadas desde la partida presupuestaria del Ministerio del Medio Ambiente y, en lo que faltare, con cargo a la partida presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes se financiará con cargo a los recursos que se establezcan en las respectivas leyes de presupuestos del sector público.