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Derecho público chileno

NormaLey N° 10.336132 de 172
Norma
Ley N° 10.336
Título
Ley de organizacion y atribuciones de la contraloria general de la republica
Cita
Ley N° 10.336, artículo 132

Texto del artículo

Artículo 132. Los Ministros de Estado, Jefes de Servicio o intendentes de provincia podrán designar y nombrar, dentro de los empleados de su dependencia, uno o más contadores pagadores, según sea necesario, para hacer pago de los fondos consultados en la Ley de Presupuesto o en leyes especiales, quienes serán responsables de su correcto desempeño. Las designaciones podrán hacerse sin perjuicio de los deberes y responsabilidades de los cargos que desempeñaren los funcionarios aludidos. Estos nombramientos deberán ser sometidos a la aprobación suprema.