Artículo 115
- Norma
- Ley N° 10.336
- Título
- Ley de organizacion y atribuciones de la contraloria general de la republica
- Cita
- Ley N° 10.336, artículo 115
Texto del artículo
Artículo 115. Regirán respecto de los funcionarios de la Contraloría que intervengan en los procedimientos de este Capítulo las causales de implicancia y recusación que se aplican a los jueces letrados de mayor cuantía, debiendo resolver sobre ellas, sin ulterior recurso, el Contralor.