Artículo 116
- Norma
- Ley N° 10.336
- Título
- Ley de organizacion y atribuciones de la contraloria general de la republica
- Cita
- Ley N° 10.336, artículo 116
Texto del artículo
Artículo 116. Los empleados que pasen a desempeñar las funciones de las personas afectadas por los reparos estarán obligados a proporcionar a los responsables todos los datos, documentos y antecedentes que existieren en su oficina y que les fueren necesarios a éstos para su contestación.