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Derecho público chileno

NormaLey N° 10.336111 de 172
Norma
Ley N° 10.336
Título
Ley de organizacion y atribuciones de la contraloria general de la republica
Cita
Ley N° 10.336, artículo 111

Texto del artículo

Artículo 111. Si tres días después de notificada la resolución definitiva no se efectuaré el pago de la cantidad mandada a reintegrar, la persona responsable pagará el interés penal de uno por ciento mensual, sin perjuicio de las sanciones administrativas y penales que procedan.