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Derecho público chileno

NormaDecreto Ley N° 126372 de 78
Norma
Decreto Ley N° 1263
Título
Decreto ley organico de administracion financiera del estado
Cita
Decreto Ley N° 1263, artículo 67

Texto del artículo

Artículo 67°- Dichas unidades de contabilidad elevarán a la jefatura superior de cada institución los informes y estados necesarios sobre la marcha económica-financiera de las dependencias del Servicio. Será de la competencia de la Contraloría General de la República el control y supervisión técnico de las unidades mencionadas en los incisos anteriores, con el fin de mantener la coordinación y uniformidad del sistema.