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Derecho público chileno

DictamenN° 939 de 201711 ene 2017

Cursa con alcances la resolución N° 519, de 2016, del Servicio de Salud Metropolitano Oriente

Fecha
11 de enero de 2017
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dto 250/2004 HACIE art/3
Descriptores
facultades cgr, toma de razón, contratos de servicio, certificado disponibilidad presupuestaria, inutilización página
Cita
Dictamen N° 939 de 2017

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 939 Fecha: 11-I-017 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba la renovación del contrato suscrito con la empresa que allí se indica para la prestación del servicio de mantención y soporte del sistema de información para las redes asistenciales, por cuanto se ajusta a derecho.

No obstante, resulta necesario hacer presente que, en lo sucesivo, en concordancia con lo previsto artículo 3° del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, esa institución deberá adjuntar a actos administrativos como el de la especie el original del correspondiente certificado de disponibilidad presupuestaria, y no como sucedió en la situación en examen, donde sólo se acompañó una copia simple de dicho documento (aplica dictamen N° 81.101, de 2016).

Por otra parte, cabe precisar que la alusión que se efectúa en la estipulación séptima del convenio que se aprueba al N° 7 de la cláusula décimo novena del contrato original debe entenderse efectuada al N° 6 de esta última.

Por último, a futuro, ese servicio deberá inutilizar el reverso de las páginas de sus actos administrativos con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, o bien imprimir tales documentos por ambos lados (aplica dictamen N° 68.885, de 2016).

Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo del rubro.

Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República