Cursa con alcance la resolución N° 287, de 2016, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud
- Fecha
- 11 de enero de 2017
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dto 250/2004 HACIE art/71
- Descriptores
- facultades cgr, toma de razón, contratos de suministro, renovación, garantías
- Cita
- Dictamen N° 933 de 2017
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 25.247 de 2019
- Aplica Dictamen N° 24.269 de 2017
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 12.145 de 2016
- Aplica Dictamen N° 34.189 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 933 Fecha: 11-I-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se autoriza la renovación del contrato suscrito con Roche Chile Ltda., para la provisión del medicamento que se menciona, por cuanto se ajusta a derecho.
No obstante, cumple con hacer presente que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que las garantías de fiel y oportuno cumplimiento de ese contrato, aludidas en la cláusula décimo segunda del mismo, fueron otorgadas con posterioridad a la fecha de suscripción de dicho acuerdo de voluntades.
Al respecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 71 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, es necesario que en lo sucesivo esa entidad requiera esa caución a más tardar en la fecha de firma del convenio (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 34.189, de 2015, y 12.145, de 2016).
Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República