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Derecho público chileno

DictamenN° 933 de 201711 ene 2017

Cursa con alcance la resolución N° 287, de 2016, de la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud

Fecha
11 de enero de 2017
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dto 250/2004 HACIE art/71
Descriptores
facultades cgr, toma de razón, contratos de suministro, renovación, garantías
Cita
Dictamen N° 933 de 2017

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 933 Fecha: 11-I-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, mediante el cual se autoriza la renovación del contrato suscrito con Roche Chile Ltda., para la provisión del medicamento que se menciona, por cuanto se ajusta a derecho.

No obstante, cumple con hacer presente que de los antecedentes tenidos a la vista aparece que las garantías de fiel y oportuno cumplimiento de ese contrato, aludidas en la cláusula décimo segunda del mismo, fueron otorgadas con posterioridad a la fecha de suscripción de dicho acuerdo de voluntades.

Al respecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 71 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, es necesario que en lo sucesivo esa entidad requiera esa caución a más tardar en la fecha de firma del convenio (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 34.189, de 2015, y 12.145, de 2016).

Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de la resolución del epígrafe.

Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República