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Derecho público chileno

DictamenN° 75.726 de 20142 oct 2014

Se abstiene de emitir el pronunciamiento solicitado por tratarse de una materia cuyo conocimiento se encuentra radicado en la Superintendencia de Pensiones

Fecha
2 de octubre de 2014
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 20255 art/46, ley 20255 art/47
Descriptores
Abstención, competencia SUPEN
Cita
Dictamen N° 75.726 de 2014

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 75.726 Fecha: 02-X-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, reclamando por la decisión de la Superintendencia de Pensiones en relación a la reliquidación de su bono de reconocimiento.

Sobre el particular, cabe manifestar que de conformidad a lo establecido en los artículos 46 y 47 de la ley N° 20.255, y a lo concluido por la jurisprudencia de este origen, contenida, entre otros, en el dictamen N° 36.675, de 2011, esta Contraloría General no interviene en la emisión del documento de que se trata, correspondiéndole a la aludida superintendencia impartir las instrucciones pertinentes a las cajas de previsión sobre la forma de efectuar el cálculo de este.

En consecuencia, este Órgano de Control se abstiene de emitir el pronunciamiento requerido, por cuanto carece de atribuciones sobre la materia.

Transcríbase a la Superintendencia de Pensiones.

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República