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Derecho público chileno

DictamenN° 6.965 de 201728 feb 2017

Cursa con alcance decretos N°s. 4 y 5, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social

Fecha
28 de febrero de 2017
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
res 30/2015 CONTR art/31
Descriptores
facultades cgr, toma de razón, convenios entre entidades públicas, transferencia de recursos, restitución de saldos
Cita
Dictamen N° 6.965 de 2017

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 6.965 Fecha: 28-II-2017 Esta Entidad de Control ha dado curso a los decretos del rubro, mediante los cuales se aprueban las transferencias de recursos en el marco del Programa Inversión en la Comunidad a las Intendencias Regionales del Biobío y Coquimbo, respectivamente, por cuanto se encuentran ajustados a derecho.

No obstante, en relación con los artículos segundo, tercero y cuarto de los mencionados instrumentos, las intendencias receptoras tienen la obligación de restituir los saldos no ejecutados, no rendidos y observados dentro de un término prudencial, de acuerdo a lo que instruya la Subsecretaría del Trabajo tras la revisión de los respectivos informes mensuales y finales de inversión, tal como lo prevé el artículo 31 de la resolución N° 30, de 2015, de este origen, que Fija Normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas.

Con el alcance que antecede se ha tomado razón de los decretos del epígrafe.

Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralora General de la República Subrogante