Sobre consulta relacionada con la legalidad del proceso llevado a cabo para la adquisición de los bienes que se indica
- Fecha
- 9 de septiembre de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- compras públicas, invalidación, facultades cgr
- Cita
- Dictamen N° 66.765 de 2016
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 91.843 de 2016
- Aplica Dictamen N° 78.125 de 2016
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 82.256 de 2015
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 66.765 Fecha: 09-IX-2016 Se han dirigido a la Contraloría General don nombre reservado y don nombre reservado, en representación de la empresa Agusta Westland SpA, denunciando supuestas irregularidades en que habría incurrido la Fuerza Aérea de Chile en el marco de un procedimiento destinado a la adquisición de los bienes que indican. Exponen que en este caso dicha institución habría vulnerado los principios que mencionan.
Por su parte, la referida institución informó que los interesados le solicitaron la invalidación del proceso a que alude la presentación del rubro.
Mediante una nueva presentación, referencia N° 210.846, de 2016, los peticionarios manifiestan que la Fuerza Aérea desestimó la petición de invalidación mediante el acto administrativo que singularizan, respecto del cual, según señalan, han efectuado la misma solicitud, la que aún no ha sido resuelta.
En este contexto, cabe manifestar que si bien a esta Entidad Fiscalizadora le compete velar por la legalidad de las decisiones que adopte la autoridad administrativa, en dicho desempeño no puede sustituir a la Administración activa en la ponderación de las alegaciones efectuadas por los interesados en el marco de una solicitud de invalidación de un procedimiento concursal.
Cabe precisar, además, que lo anterior no obsta a las facultades fiscalizadoras que competen a este Organismo, las que, sin embargo, corresponde que sean ejercidas una vez agotada la antedicha instancia (aplica criterio contenido en el dictamen N° 82.256, de 2015).
En consideración a lo anterior, no procede que esta Contraloría General se pronuncie, en esta oportunidad, respecto de las alegaciones efectuadas por los recurrentes en las presentaciones del rubro.
Transcríbase a la Fuerza Aérea de Chile.
Saluda atentamente a Uds., nombre reservado
Contralor General de la República