Cursa con alcances la resolución N° 2, de 2016, del Servicio Nacional de la Discapacidad
- Fecha
- 12 de agosto de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dto 250/2004 HACIE art/57 lt/b num/8
- Descriptores
- facultades cgr, toma de razón, adjudicación, licitación pública, omisión imperativo final, inutilización página
- Cita
- Dictamen N° 59.809 de 2016
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 41.712 de 2017
- Aplica Dictamen N° 75.952 de 2016
- Aplica Dictamen N° 75.367 de 2016
- Aplica Dictamen N° 75.252 de 2016
- Aplica Dictamen N° 74.082 de 2016
- Aplica Dictamen N° 68.885 de 2016
- Aplica Dictamen N° 67.938 de 2016
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 49.256 de 2016
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 59.809 Fecha: 12-VIII-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que adjudica la propuesta pública que individualiza, por cuanto se ajusta a derecho.
No obstante, es menester señalar que, en lo sucesivo, esa repartición pública deberá incorporar en los actos administrativos sobre esta materia el imperativo final “publíquese en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública”, omitido en esta oportunidad, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el N° 8 de la letra b) del artículo 57 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la ley N° 19.886 (aplica dictamen N° 49.256, de 2016).
Además, cumple con manifestar que, a futuro, ese servicio deberá inutilizar el reverso de las páginas de sus actos administrativos con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, o bien imprimir tales documentos por ambos lados.
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del instrumento del rubro.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República