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Derecho público chileno

DictamenN° 53.300 de 201618 jul 2016

Cursa con alcances las resoluciones N°s. 50 y 51, ambas de 2016, del Servicio de Salud Metropolitano Sur

Fecha
18 de julio de 2016
Materia
Contratación pública, licitaciones y compras
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dto 250/2004 Hacie art/79 bis
Descriptores
Contratos administrativos, contratos, contratos de suministro, bases
Cita
Dictamen N° 53.300 de 2016

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 53.300 Fecha: 18-VII-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a las resoluciones del epígrafe, que aprueban las bases administrativas, técnicas y anexos para adquisición de los bienes que en cada caso se indican, por cuanto se ajustan a derecho.

No obstante lo anterior, cumple con hacer presente que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 bis del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, el plazo para efectuar el pago respectivo se cuenta desde la fecha de recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, previa certificación de que los bienes se han recibido conforme, y no como se establece en el párrafo tercero del N° 21 de ambas bases, en el que se indica que dicho término se contabilizará "desde la fecha de acta de recepción conforme" (aplica criterio contenido en el dictamen N° 30.749, de 2016).

En otro orden de consideraciones, cumple manifestar que esta Entidad Fiscalizadora entiende que la posibilidad de rectificar antecedentes a través del foro inverso, contemplada en el párrafo tercero del N° 7.3.2.2 de los documentos que se sancionan, no dice relación con aquellos que son evaluables (aplica criterio contenido en el dictamen N° 18.272, de 2016).

Además, cabe señalar que en la letra e) del N° 22.2.1 de ambos pliegos de condiciones y en el mismo literal de la cláusula décimo tercera de los formatos de contrato, se alude a un numeral que no se contempla en las respectivas bases.

Con los alcances que anteceden se ha tomado razón de los documentos de la suma.

Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República Subrogante