Se abstiene de emitir pronunciamiento jurídico por carecer de competencia para intervenir en la materia planteada
- Fecha
- 27 de agosto de 2012
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 19418
- Descriptores
- incompetencia, junta de vecinos
- Cita
- Dictamen N° 52.439 de 2012
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 1.748 de 2013
- Aplica Dictamen N° 78.551 de 2012
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 48.645 de 2012
- Aplica Dictamen N° 12.840 de 2010
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 52.439 Fecha:27-VIII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora nombre reservado, presidenta de la Junta de Vecinos Isabel Riquelme de la comuna de Lampa, solicitando un pronunciamiento en relación con irregularidades vinculadas con la administración interna de esa organización comunitaria. Sobre el particular, cumple indicar que, de conformidad con la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 12.840, de 2010 y 48.645, de 2012, este Órgano de Control carece de competencia para intervenir en las actuaciones de las organizaciones comunitarias, o en situaciones producidas en su interior, atendido que, según la regulación contenida en la ley N° 19.418 -sobre Juntas de Vecinos y demás Organizaciones Comunitarias-, las referidas entidades privadas no tienen la calidad de servicio público y, por ende, en dichos aspectos no están sujetas a la fiscalización de esta Contraloría General. En tal entendido, este Organismo Contralor debe abstenerse de emitir un pronunciamiento respecto de los requerimientos planteados, por cuanto estos inciden en el funcionamiento interno de una junta de vecinos. nombre reservado
Contralor General de la República