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Derecho público chileno

DictamenN° 49.395 de 201213 ago 2012

Evaluador debe votar en la junta calificadora de méritos de Carabineros de Chile

Fecha
13 de agosto de 2012
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
carab, evaluación, junta calificadora de méritos, acuerdos, requisitos
Cita
Dictamen N° 49.395 de 2012

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 49.395 Fecha: 13-VIII-2012 Carabineros de Chile ha remitido nueva información relativa al proceso calificatorio correspondiente al año 2011, del señor nombre reservado.

Como cuestión previa, cabe señalar que mediante el dictamen N° 40.629, de 2012, esta Entidad de Control manifestó que en el evento de que el acuerdo de la junta calificadora de méritos se hubiese adoptado sin el voto de la calificadora del recurrente, lo que no era posible establecer a la luz de la documentación examinada, ello constituiría un vicio que afectaría su evaluación.

Ahora bien, de la fotocopia que en esta oportunidad se acompaña, aparece que el acuerdo de ese cuerpo colegiado, respecto del desempeño de la persona de que se trata, de fecha 14 de junio de 2011, se adoptó por unanimidad de votos, de modo que la evaluación de aquél correspondiente al año 2011, en la cual fue incluido en Lista N° 4, de Eliminación, se ajusta a la normativa que regula la materia.

Compleméntese el citado oficio N° 40.629, de 2012, de esta Entidad de Control.

nombre reservado

Contralor General de la República