Peticionaria podrá acceder al cargo que indica, en el evento que la Universidad correspondiente determine que el diploma en consulta es homologable al de administrador…
- Fecha
- 7 de agosto de 2012
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dfl 8/19280/94 inter art/4, dfl 2/2009 educa art/104 inc/2
- Descriptores
- homologación diploma, título, cargo
- Cita
- Dictamen N° 47.964 de 2012
Sumario
Peticionaria podrá acceder al cargo que indica, en el evento que la Universidad correspondiente determine que el diploma en consulta es homologable al de administrador de empresas
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 5.109 de 2015
- Aplica Dictamen N° 68.340 de 2014
- Aplica Dictamen N° 3.500 de 2014
- Aplica Dictamen N° 54.031 de 2013
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 25.394 de 2012
- Aplica Dictamen N° 72.910 de 2011
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 47.964 Fecha: 07-VIII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña nombre reservado, funcionaria de la Municipalidad de Las Condes, quien solicita un pronunciamiento que determine si el título de Técnico de Nivel Superior en Administración Municipal otorgado por la Universidad Bernardo O’Higgins, es homologable al diploma de Administrador de Empresas, necesario para acceder al cargo de Jefe Sección de Registro y Archivo, de ese municipio.
Sobre el particular, cabe recordar que el artículo 4° del decreto con fuerza de ley N° 8-19.280, de 1994, del Ministerio del Interior, previene, en lo pertinente, que para el desempeño del empleo en consulta, se requiere el título de Administrador de Empresas.
Enseguida, resulta necesario anotar que de conformidad con el inciso segundo del artículo 104 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, las universidades gozan de autonomía académica, la que comprende la potestad para decidir la forma como cumplen sus funciones de docencia, investigación y extensión y la fijación de sus planes y programas de estudios.
En este orden de ideas, la jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Control, contenida, entre otros, en los dictámenes N os 72.910, de 2011 y 25.394, de 2012, ha informado que corresponde a las aludidas Casas de Estudio efectuar la homologación de los diplomas relacionados con las carreras que impartan.
Conforme con lo anterior, en el evento que la citada universidad determine que los títulos en consulta son homologables entre sí, la peticionaria podrá acceder a la plaza de que se trata, en la medida, por cierto, que cumpla con los demás requisitos legales.
nombre reservado
Contralor General de la República