Cursa decreto N° 296, de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Se abstiene de emitir pronunciamiento, por encontrarse el asunto en conocimiento de los…
- Fecha
- 25 de junio de 2014
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 10336 art/6 inc/3, ley 19880 art/1, dto 296/2014 MINSP art/57
- Descriptores
- PDI, retiro absoluto, lista anual de retiros, asunto litigioso, abstención de Contraloría
- Cita
- Dictamen N° 46.683 de 2014
Sumario
Cursa decreto N° 296, de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Se abstiene de emitir pronunciamiento, por encontrarse el asunto en conocimiento de los tribunales de justicia
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aclara Dictamen N° 14.956 de 2016
- Confirma Dictamen N° 92.015 de 2014
- Aplica Dictamen N° 88.243 de 2014
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 69.132 de 2013
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 46.683 Fecha: 25-VI-2014 El Ministerio del Interior y Seguridad Pública ha remitido, para su toma de razón, el decreto N° 296, de 2014, por medio del cual se dispone el retiro absoluto de la Policía de Investigaciones de Chile del señor nombre reservado, por haber sido incorporado en la lista anual de retiros del año 2013, quien, por su parte, solicita la reconsideración del dictamen N° 74.281, de 15 de noviembre de 2013, de este origen, en el cual se determinó, en lo pertinente, que el proceso calificatorio no es la instancia idónea para pedir la revisión de un procedimiento disciplinario afinado, concluyéndose que la evaluación de aquél del año 2012 y su posterior inclusión en la referida cuota de alejamientos, se ajustaron a derecho.
Al respecto, cabe manifestar, por una parte, que el recurrente, acorde con los antecedentes recabados por este Organismo Fiscalizador, con fecha 6 de diciembre de 2013, interpuso ante el 25° Juzgado Civil de Santiago, una demanda en la que requiere la declaración de nulidad de determinadas actuaciones del sumario que le afectó y, por otra, que el reclamo ante esta Contraloría General pretende que se analice dicho proceso sumarial, de modo que es dable advertir que ambas peticiones dicen relación con idéntica materia, por lo que esta Entidad de Control debe abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido, por cuanto, en virtud de lo previsto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos que estén sometidos al conocimiento de los tribunales de justicia, como sucede en la especie.
Finalmente, en lo que atañe a la solicitud del interesado, en orden a suspender la tramitación del citado decreto N° 296, de 2014, ya que, según expresa, existiría un recurso pendiente ante el Ministro del Interior y Seguridad Pública, es útil anotar, de acuerdo con lo señalado en el artículo 1° de la ley N° 19.880, que las disposiciones de ese texto legal, entre ellas, su artículo 57, que permite adoptar la medida que se pretende, no rigen tratándose de la toma de razón, como se sostuvo, para una situación similar, en el dictamen N° 69.132, de 2013, entre otros, de esta procedencia.
Por consiguiente, cabe concluir que el llamado a retiro absoluto de la Policía de Investigaciones de Chile, del señor nombre reservado, por integrar la lista anual de retiros del año 2013, se encuentra ajustado a derecho, por lo que se procede a cursar el aludido decreto N° 296, de 2014.
Transcríbase al señor nombre reservado.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República