Resolución que dispuso retiro temporal en Gendarmería de Chile, señaló los motivos que sirvieron de fundamento a esa decisión
- Fecha
- 19 de junio de 2014
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- DFL 2/68 inter art/114 lt/b
- Descriptores
- Gendarmería, retiro temporal
- Cita
- Dictamen N° 44.702 de 2014
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 18.320 de 2015
- Aplica Dictamen N° 4.910 de 2015
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 63.021 de 2012
- Aplica Dictamen N° 52.946 de 2012
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 44.702 Fecha: 19-VI-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor nombre reservado, exfuncionario de Gendarmería de Chile, solicitando se deje sin efecto su retiro temporal, el que, en opinión de esa entidad, se ajustaría a la normativa que regula la materia.
Al respecto, en cuanto a que su cese no se encontraría debidamente fundado, cabe manifestar, acorde con lo sostenido en el dictamen N° 63.021, de 2012, de este origen, entre otros, que los actos administrativos a través de los cuales la superioridad de esa institución penitenciaria, conforme con lo previsto en el artículo 114, letra b), del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile -aplicable en la especie-, dispone el alejamiento de sus empleados deben ser motivados, lo que sucedió en la situación en estudio.
En efecto, del análisis de la resolución N° 2.542, de 2013, de ese servicio, aparece que en ésta se exponen las razones que justifican la decisión que en ella se contiene, pues indica de qué manera las conductas del interesado -relativas a su detención por daños a un taxi y agresión a otro funcionario, entre otras-, afectaron el prestigio y los fines institucionales.
Luego, en lo concerniente a que su cese se ordenó con anterioridad a la finalización de los sumarios incoados en su contra, es dable hacer presente que para decidir tal forma de alejamiento no se requiere la instrucción de un proceso investigativo previo, tal como se informó en el dictamen N° 52.946, de 2012, de esta procedencia, entre otros.
En consecuencia, cabe concluir que el retiro temporal del señor nombre reservado, se ajustó a derecho.
Transcríbase a Gendarmería de Chile y a la Contraloría Regional de Los Lagos.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante