No procede referirse sobre la indemnización de la ley 19170 por la que consulta exfuncionario de la Empresa de Ferrocarriles del Estado, por cuanto dicha materia no…
- Fecha
- 4 de enero de 2013
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 19170 art/1 tran, dfl 94/60 art/13, dfl 94/60 art/51B, dfl 94/60 art/77, ley 10336 art/16, ley 20305
- Descriptores
- Indemnización ley 19170, fiscalización Contraloría
- Cita
- Dictamen N° 424 de 2013
Sumario
No procede referirse sobre la indemnización de la ley 19170 por la que consulta exfuncionario de la Empresa de Ferrocarriles del Estado, por cuanto dicha materia no está sometida a la fiscalización de esta Contraloría General
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 12.237 de 2012
- Aplica Dictamen N° 69.737 de 2010
- Aplica Dictamen N° 16.511 de 2010
- Aplica Dictamen N° 36.701 de 2009
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 424 Fecha: 4-I-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, para consultar sobre la indemnización de la ley N° 19.170 -cuerpo legal que modifica el decreto con fuerza de ley N° 94, de 1960, ley de Administración de la Empresa de Ferrocarriles del Estado y dicta otras normas relativas a dicha empresa-, así como su eventual derecho al incentivo al retiro.
Respecto a la primera consulta formulada, referente a la indemnización compensatoria regulada en el artículo 1° transitorio y siguientes de la ley N° 19.170, es dable indicar que este Organismo de Control debe abstenerse de emitir un pronunciamiento, toda vez que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 13, 51B, y 77 del citado decreto con fuerza de ley, la Empresa de Ferrocarriles del Estado se encuentra sometida a la fiscalización de esta Entidad Fiscalizadora, sólo para los efectos que se contemplan en el citado artículo 51B y en el artículo 16 de la ley N° 10.336, materias entre las cuales no está comprendida la consultada en esta oportunidad, lo que guarda armonía con lo resuelto en los dictámenes N os 36.701, de 2009 y 12.237, de 2012, de este origen.
Ahora bien, en lo que dice relación con la segunda inquietud planteada por el ocurrente, relativa a si tiene derecho al incentivo al retiro, esta Contraloría General entiende que el interesado alude a la posibilidad de acceder al bono de la ley N° 20.305.
Sobre el particular, cumple con anotar que conforme al criterio contenido en los dictámenes N os 16.511 y 69.737, ambos de 2010, de este Organismo Contralor, los servidores y extrabajadores de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado no tienen derecho al citado beneficio.
nombre reservado
Contralor General de la República