Sobre reclamo de calificaciones de funcionario municipal
- Fecha
- 30 de junio de 2011
- Fuentes legales
- ley 18883 art/47, ley 18883 art/156
- Descriptores
- MUN, infracción legal o reglamentaria, mérito, competencia de la administración
- Cita
- Dictamen N° 40.877 de 2011
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 50.020 de 2011
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 17.427 de 2011
- Aplica Dictamen N° 15.464 de 2011
- Aplica Dictamen N° 669 de 2011
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 40.877 Fecha : 30-VI-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, funcionario de la Municipalidad de Lo Prado, interponiendo el recurso de reclamación, previsto en los artículos 47 y 156 de la ley N° 18.883, sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, para reclamar en contra de sus calificaciones correspondientes al período 2009-2010, que lo ubicaron, en lista 1, de Distinción, con 66 puntos. Requerido informe al municipio, este lo emitió mediante el oficio N° 1.037, de 2011, en el cual manifiesta que la actuación de esa entidad edilicia en la materia, se ajustó a la normativa jurídica. Considerando que el recurrente se limita a alegar en contra de la valoración insuficiente que se otorgó a su desempeño laboral, es del caso anotar que esta Entidad Fiscalizadora solo se encuentra facultada para pronunciarse respecto de un proceso calificatorio, cuando en él se hubiere incurrido en algún vicio de procedimiento que implique una infracción legal o reglamentaria, pero no respecto del fondo de las consideraciones y apreciaciones vertidas sobre un funcionario en dicha evaluación, como sucede con las notas asignadas, por cuanto ello constituye un asunto que incide en el mérito funcionario, materia de competencia exclusiva de las autoridades y órganos calificadores de la respectiva municipalidad, en las instancias que contempla la normativa jurídica pertinente (aplica dictámenes N°s. 669, 15.464, y 17.427, todos de 2011). Por consiguiente, se desestima la presentación del interesado. nombre reservado
Contralor General de la República Subrogante