Reitera dar cumplimiento a lo señalado en el dictamen N° 20.055, de 2017, de la Contraloría General, en lo atingente a la modificación del artículo 26 del plan…
- Fecha
- 10 de noviembre de 2017
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Descriptores
- plan regulador comunal de ñuñoa
- Cita
- Dictamen N° 39.808 de 2017
Sumario
Reitera dar cumplimiento a lo señalado en el dictamen N° 20.055, de 2017, de la Contraloría General, en lo atingente a la modificación del artículo 26 del plan regulador comunal de Ñuñoa
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 7.327 de 2018
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 20.055 de 2017
- Aplica Dictamen N° 18.862 de 2017
- Aplica Dictamen N° 12.084 de 2017
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 39.808 Fecha: 10-XI-2017 Mediante el oficio de la suma, esta Contraloría General emitió un pronunciamiento que, en lo que interesa, instruyó a la Municipalidad de Ñuñoa a adoptar las medidas tendientes a efectuar las adecuaciones pertinentes en el respectivo Plan Regulador Comunal (PRC) -en cuanto a la regulación prevista en los cuadros de las zonas Z-1 y Z-1 A del artículo 26 que ahí se detalla-, con el objeto de ajustarlo a la normativa legal y reglamentaria aplicable.
Pues bien, en esta oportunidad, la singularizada corporación informó que ha tomado conocimiento de las observaciones a las normas urbanísticas y que se coordinará con la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo para realizar las modificaciones concernientes al PRC con el fin de dar cumplimiento a la legislación vigente.
Sobre el particular, es del caso señalar que la mera referencia a una futura coordinación manifestada por ese municipio no permite entender que se haya acatado lo instruido, a lo que es dable agregar que esa entidad edilicia, mientras se procede acorde a lo indicado en el aludido dictamen N° 20.055, debe abstenerse de aplicar el artículo 26 de su PRC en los aspectos objetados en dicho pronunciamiento, tal como se ha expresado en relación a este orden de materias, entre otros, en los dictámenes N°s 12.084 y 18.862, ambos de 2017, de este origen.
En consecuencia, corresponde que esa repartición informe al respecto a la Coordinación Nacional de Seguimiento y Apoyo al Cumplimiento de la División de Auditoría de esta Contraloría General, dentro del plazo de 15 días contado desde la recepción del presente oficio.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República