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Derecho público chileno

DictamenN° 39.699 de 201124 jun 2011

Lista anual de retiros de la Fuerza Aérea puede ser integrada por funcionario calificado en lista 2

Fecha
24 de junio de 2011
Materia
Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
dfl 1/97 defen art/97 lt/b, dfl 1/97 defen art/100, dfl 1/97 defen art/118
Descriptores
lista anual retiros, fuerza aérea
Cita
Dictamen N° 39.699 de 2011

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 39.699 Fecha: 24-VI-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Diputado don Hugo Gutiérrez Gálvez, para solicitar un pronunciamiento respecto de la legalidad del procedimiento evaluatorio correspondiente al período 2009-2010, del ex funcionario de la nombre reservado, señor nombre reservado, en virtud del cual fue incorporado en lista N° 2, siendo, posteriormente, agregado en la lista anual de retiro. Requerido su informe, el mencionado organismo castrense ha manifestado, en síntesis, que los aludidos procedimientos se ajustaron a la normativa que los regula, considerando que el interesado ejerció todas las instancias de reclamo establecidas al efecto, por lo que se dispuso el retiro absoluto del afectado, a contar del 1 de octubre de 2010. Sobre el particular, cabe manifestar que la facultad de esta Contraloría General para revisar las calificaciones de los funcionarios públicos, dice relación con la posible existencia de arbitrariedades o vicios de legalidad que pudieran presentarse en las diferentes etapas de dicho proceso y no sobre el mérito y desempeño de los servidores, respecto de los cuales sustenta, en definitiva, su decisión el organismo evaluador, tal como se informó en los dictámenes N os 27.132, de 2002; 35.944, de 2009 y 8.374, de 2010, de este origen, entre otros. Pues bien, de la documentación tenida a la vista, aparece que en dicho proceso, el señor nombre reservado fue clasificado en lista N° 1, determinando la Junta Especial de Selección del Personal del Cuadro Permanente, en el ejercicio de las atribuciones que le otorga la letra b) del artículo 97 del D.F.L. N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, bajar, en tres rubros distintos, las notas asignadas, ubicándolo en la lista N° 2, interponiendo el afectado, en su oportunidad, el recurso de reconsideración, el cual fue desestimado por esa junta, no advirtiéndose la configuración de una arbitrariedad o de un vicio de legalidad en la calificación que se impugna, considerando que el recurrente sólo hace valer alegaciones referentes a las condiciones y aptitudes con las que cumplió sus funciones en el lapso ponderado, y no a situaciones que impliquen una eventual vulneración del ordenamiento que regula la materia. Enseguida, en cuanto a su inclusión en la lista de retiros, aspecto por el que también reclama, se debe anotar que el artículo 100 del citado D.F.L. N° 1, de 1997, establece, en lo que interesa, que corresponderá a la mencionada Junta de Selección formar tal nómina, la que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 118 del mismo texto legal, se integrará, sucesivamente, con el personal ubicado en lista N° 4; los clasificados por segunda vez consecutiva en lista N° 3; los demás clasificados en lista N° 3; lo clasificados en lista N° 2 y los clasificados en lista N° 1. Como es dable advertir, el aludido mecanismo está regulado en forma pormenorizada, no existiendo, en la especie, irregularidad alguna en la inclusión del ocurrente en la lista de retiros, siendo menester destacar, según ha informado esta Entidad Fiscalizadora en sus dictámenes N os 13.893, de 2002; 60.539, de 2008 y 24.103, de 2009, entre otros, que la incorporación en aquélla no constituye una sanción disciplinaria, sino una medida que obedece al cumplimiento de una necesidad institucional. En consecuencia, cabe concluir que el procedimiento en virtud del cual el señor nombre reservado fue clasificado en lista N° 2, e incluido en la lista de retiros del año 2010, se encuentra ajustado a derecho.

nombre reservado

Contralor General de la República