Cursa con alcances la resolución Nº 2, de 2019, de la Subsecretaría de Bienes Nacionales
- Fecha
- 5 de febrero de 2019
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dto 250/2004 Hacie art/70, dto 250/2004 Hacie art/3
- Descriptores
- Facultades CGR, toma de razón, contratos de servicios, vigencia garantía de fiel y oportuno cumplimiento, certificados de disponibilidad presupuestaria en original
- Cita
- Dictamen N° 3.791 de 2019
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 14.093 de 2019
- Aplica Dictamen N° 12.638 de 2019
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 22.123 de 2018
- Aplica Dictamen N° 18.348 de 2018
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 3.791 Fecha: 05-II-2019 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, mediante la cual se aprueba el contrato de prestación del servicio de red de telecomunicaciones para datos, telefonía pública y privada, por cuanto se ajusta a derecho.
No obstante, cabe hacer presente que atendido el tiempo transcurrido entre la emisión de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y la época en que entrará en vigencia el convenio que se aprueba, determinada en su cláusula tercera, el mencionado instrumento no cubre completamente el plazo de duración de dicha convención, más 60 días hábiles, según lo exigía el N° 9.2 de las respectivas bases administrativas, por lo que esa superioridad deberá velar para que dicha caución sea renovada por el proveedor antes de su vencimiento, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 70 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda (aplica oficio N° 22.123, de 2018).
Además, cumple con indicar que en concordancia con lo previsto artículo 3° del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, esa institución deberá adjuntar a los actos administrativos como el de la especie, el original del correspondiente certificado de disponibilidad presupuestaria, y no como sucedió en la situación en examen, donde se acompañó una copia de dicho documento (aplica oficio N° 18.348, de 2018).
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralora General de la República (S)