Cursa con alcances la resolución N° 18, de 2018, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales
- Fecha
- 23 de julio de 2018
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dto 250/2004 Hacie art/3
- Descriptores
- Facultades CGR, toma de razón, contratos de servicios, certificados de disponibilidad presupuestaria
- Cita
- Dictamen N° 18.348 de 2018
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 3.791 de 2019
- Aplica Dictamen N° 32.397 de 2018
- Aplica Dictamen N° 32.396 de 2018
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 8.155 de 2018
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 18.348 Fecha: 23-VII-2018 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que aprueba el convenio suscrito por esa Subsecretaría, en representación de los servicios de salud que singulariza, con la Corporación para la Nutrición Infantil y con el Fondo Nacional de Salud, para el otorgamiento de las prestaciones de salud que indica, por cuanto se ajusta a derecho.
No obstante lo anterior, cumple con hacer presente que, en concordancia con lo previsto artículo 3° del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, esa institución deberá adjuntar a los actos administrativos como el de la especie, el original del correspondiente certificado de disponibilidad presupuestaria, y no como sucedió en la situación en examen, donde se acompañó una copia de dicho documento (aplica oficio N° 8.155, de 2018).
Además, cabe indicar que la resolución N° 51, de 2016, a la que se hace alusión en la cláusula décimo quinta del contrato en análisis, emanó de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, y no de esta Entidad de Control, como ahí se señala.
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón de la resolución de la suma.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralora General de la República Subrogante