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Derecho público chileno

DictamenN° 10.073 de 201722 mar 2017

Cursa con alcance la resolución N° 11, de 2017, de la Dirección General de Obras Públicas

Fecha
22 de marzo de 2017
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 18575 art/3 inc/2, ley 18575 art/8
Descriptores
facultades cgr, toma de razón, contrato de asesoría, inspección fiscal, demora tramitación
Cita
Dictamen N° 10.073 de 2017

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 10.073 Fecha: 22-III-2017 La Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, de 14 de febrero de 2007, que aprueba una modificación de contrato de la “Asesoría a la Inspección Fiscal para la Construcción de la obra “Nuevo Complejo Fronterizo Los Libertadores”, pero cumple con manifestar que el documento de la especie ha sido dictado con evidente retraso, si se tiene presente que el acuerdo fue suscrito el 15 de septiembre de 2016. Lo anterior, no se aviene con los principios y deberes establecidos en los artículos 3°, inciso segundo, y 8° de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

Atendido lo expuesto, en lo sucesivo, ese Servicio deberá adoptar las medidas que sean necesarias a fin de que los actos administrativos sean emitidos oportunamente (aplica criterio contenido -entre otros- en el dictamen 31.850, de 2016).

Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de la resolución del rubro.

Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República nombre reservado

Jefe División de Infraestructura y Regulación