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Derecho público chileno

DictamenN° 31.702 de 201628 abr 2016

Cursa con alcances la resolución N° 2, de 2016, del Servicio Nacional de Turismo

Fecha
28 de abril de 2016
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
ley 19862 art/7
Descriptores
facultades cgr, toma de razón, traspaso de recursos, inutilización página
Cita
Dictamen N° 31.702 de 2016

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 31.702 Fecha: 28-IV-2016 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, que adjudica el Concurso para la Promoción Turística Internacional de Chile, efectuado de conformidad con las bases tipo sancionadas por la resolución N° 155, de 2011, del Servicio Nacional de Turismo, y convocado mediante la resolución exenta N° 385, de 2015, del mismo origen, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, cumple con hacer presente que, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula quinta del formato de convenio transcrito en dichos actos administrativos, el traspaso de los haberes respectivos sólo podrá efectuarse una vez que la Corporación de Promoción Turística de Chile -adjudicataria del certamen-, se encuentre inscrita en el registro de entidades receptoras de fondos públicos que ese servicio está obligado a llevar, de conformidad con la ley N° 19.862, no siendo suficiente para estos efectos la presentación del certificado obtenido del registro central de colaboradores del Estado que, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 7° del mismo texto legal, mantiene la Subsecretaría de Hacienda. Adicionalmente, se advierte que esa institución, en lo sucesivo, deberá inutilizar, con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, las páginas en blanco de los instrumentos que se remitan para toma de razón, tal como se ha manifestado, entre otros, en los dictámenes N°s. 16.548 y 65.301, ambos de 2015, y 21.870, de 2016, de este Órgano Fiscalizador. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República