Cursa con alcances la resolución N° 53, de 2020, de la Subsecretaría del Interior
- Fecha
- 17 de marzo de 2020
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- Ley 19862 art/1, ley 19862 art/7
- Descriptores
- Facultades CGR, toma de razón, transferencia de recursos Junta Nacional de Cuerpo de Bomberos, rendición de cuentas
- Cita
- Dictamen N° 6.433 de 2020
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° E434.421 de 2024
- Aplica Dictamen N° E433.643 de 2023
- Aplica Dictamen N° E430.505 de 2023
- Aplica Dictamen N° E411.772 de 2023
- Aplica Dictamen N° E408.741 de 2023
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 31.702 de 2016
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 6.433 Fecha: 17-III-2020 Esta Entidad de Control ha tomado razón de la resolución individualizada en el epígrafe, que aprueba una transferencia de recursos a la Junta Nacional de Cuerpo de Bomberos para importaciones y compromisos en moneda extranjera correspondiente al año 2020, por encontrarse ajustado a derecho.
No obstante, cumple con hacer presente que el traspaso de los haberes sólo podrá efectuarse una vez que la referida institución se encuentre inscrita en el registro de entidades receptoras de fondos públicos que esa subsecretaría está obligada a llevar, de conformidad con el artículo 1° de la ley N° 19.862, no siendo suficiente para estos efectos la presentación del certificado obtenido del registro central de colaboradores del Estado que, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 7° del mismo texto legal, mantiene el Ministerio de Hacienda (aplica oficio N° 31.702, de 2016).
Por último, en lo que se refiere a la , de ese origen, que imparte instrucciones para la correcta aplicación, uso y rendición de cuentas de los recursos públicos que se transfieren conforme a la ley de presupuestos del sector público, cabe señalar que dicha circular, será aplicable en la medida que no contenga disposiciones que se opongan a la resolución N° 30, de 2015, de este origen, que Fija Normas de Procedimiento Sobre Rendición de Cuentas.
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del instrumento del epígrafe.
Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República