Sobre reconocimiento de tercer sueldo superior en el Ejército de Chile
- Fecha
- 9 de mayo de 2011
- Descriptores
- Pensión inutilidad, Ejército, sueldo superior, incorporación, requisitos
- Cita
- Dictamen N° 29.073 de 2011
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 70.370 de 2011
- Confirma Dictamen N° 52.582 de 2011
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 15.720 de 2011
- Aplica Dictamen N° 43.839 de 2010
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 29.073 Fecha: 09-V-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas y la señora nombre reservado, ex funcionaria civil del Ejército, para solicitar la reconsideración del dictamen N° 43.839, de 2010, de este origen, que manifestó que a la interesada no le asiste el derecho a que se incorpore en su pensión de inutilidad el sueldo superior, grado 8, por no haber sido percibido éste mientras estuvo en actividad, agregando que para haber disfrutado de ese estipendio debió haberlo solicitado entre el 18 de agosto de 1994 -data en que se le reconoció el sueldo superior, grado 9 y, por lo tanto, la que la habilitaba para pedir válidamente tal emolumento-, y el 31 de ese mes y año, fecha de cese de funciones, no existiendo antecedentes que demuestren, en forma inequívoca, que en ese lapso la recurrente haya requerido el otorgamiento del estipendio de que se trata.
Luego, se debe indicar que esta Entidad Fiscalizadora, mediante su dictamen N° 15.720, de 2011, y por las razones que en él se indican, confirmó lo señalado en el aludido oficio N° 43. 839, de 2010.
Por consiguiente, considerando que la materia reclamada ya fue estudiada por esta Contraloría General y dado que los peticionarios no acompañan nuevos antecedentes que permitan modificar el criterio sostenido en los dictámenes señalados, no cabe sino confirmar los aludidos pronunciamientos.
nombre reservado
Contralor General de la República