Reclamo contra proceso calificatorio no afinado
- Fecha
- 5 de mayo de 2011
- Fuentes legales
- ley 18834 art/49
- Descriptores
- proceso calificatorio no afinado
- Cita
- Dictamen N° 28.263 de 2011
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 53.469 de 2013
- Aplica Dictamen N° 59.021 de 2012
- Aplica Dictamen N° 76.099 de 2011
- Aplica Dictamen N° 38.387 de 2011
- Aplica Dictamen N° 37.658 de 2011
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 25.059 de 2010
- Aplica Dictamen N° 13.421 de 2010
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 28.263 Fecha: 5-V-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, funcionario de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, para reclamar del proceso calificatorio correspondiente al período 2010-2011, por cuanto estima que no se valoró debidamente su desempeño laboral.
Efectuado un análisis de la presentación y de los antecedentes aportados en ella, consta que respecto del período a evaluar sólo se ha emitido un primer informe de desempeño, siendo aquél el objeto de la impugnación deducida por el interesado, faltando aún la elaboración del segundo de estos informes, la subsiguiente precalificación y la posterior decisión de la Junta Calificadora.
Por lo tanto, y atendido lo expuesto, cabe señalar que la reclamación del señor nombre reservado debe ser desestimada por extemporánea, toda vez que según lo previsto en el artículo 49 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, ésta sólo puede interponerse una vez que el funcionario afectado ha sido notificado de la resolución que falla el recurso de apelación deducido contra la decisión de la Junta Calificadora, tal como lo ha reconocido la jurisprudencia de esta Entidad de Control en los dictámenes N os 13.421 y 25.059, ambos de 2010, lo que no ha acontecido en la especie.
nombre reservado
Contralor General de la República