Cursa con alcances el decreto N° 587, de 2015, del Ministerio de Educación
- Fecha
- 31 de marzo de 2016
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- dto 291/74 INTER num/3, dto 291/74 INTER num/4
- Descriptores
- facultades cgr, toma de razón, monumento nacional, inutilización página, timbre rúbrica
- Cita
- Dictamen N° 24.293 de 2016
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 42.813 de 2017
- Aplica Dictamen N° 34.908 de 2016
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 22.103 de 2016
- Aplica Dictamen N° 21.870 de 2016
- Aplica Dictamen N° 65.301 de 2015
- Aplica Dictamen N° 77.287 de 2013
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 24.293 Fecha: 31-III-2016 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que declara monumento nacional en la categoría de monumento histórico al Colegio Alemán de Valparaíso, ubicado en el Cerro Concepción de esa comuna, por encontrarse ajustado a derecho. No obstante, cumple con precisar que, de los antecedentes tenidos a la vista, se advierte que antes de la sesión ordinaria del Consejo de Monumentos Nacionales respectiva, la Corporación Colegio Alemán de Valparaíso, se retractó de la solicitud a que hace referencia el acto en estudio, situación de la que si bien no da cuenta el acto administrativo en examen, si se consignó expresamente en el acta de dicha reunión y en el oficio N° 3627/15, de 2015, de ese organismo técnico. A su vez, y en relación con lo anterior, no se ha dejado constancia en el decreto declaratorio en trámite, que el procedimiento fue reiniciado a petición del Alcalde de la Municipalidad de Valparaíso, en julio de 2015. De igual modo, cabe agregar que en lo sucesivo, se deberán inutilizar con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, las páginas en blanco del instrumento que se remita a control previo de juridicidad, lo que no ocurrió en la especie, tal como se ha manifestado en los dictámenes N°s. 77.287, de 2013, 65.301, de 2015, y 21.870 de 2016, entre otros, de esta Contraloría General. Por último, es dable señalar que en el pie de firma de la Ministra de Educación no se estampó el timbre que debe acompañar la rúbrica del acto administrativo que emite dicha autoridad, en los términos descritos en los numerales 3° y 4° del decreto N° 291, de 1974, del ex Ministerio del Interior (aplica dictamen N° 22.103, de 2016). Con los alcances que anteceden, se ha dado curso al acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud.
nombre reservado
Contralor General de la República