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Derecho público chileno

DictamenN° 22.400 de 201719 jun 2017

Se abstiene de emitir pronunciamiento por las razones que indica. Remite fotocopia de informe que señala

Fecha
19 de junio de 2017
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Descriptores
facultades cgr, abstenciones, consulta genérica
Cita
Dictamen N° 22.400 de 2017

Relaciones

Pronunciamientos posteriores sobre este

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 22.400 Fecha: 19-VI-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General don nombre reservado, a nombre de la Sociedad Civil Chilena Organizada, solicitando un pronunciamiento acerca de la acreditación a que aluden los artículos 4° y 24 de la ley N° 19.966, que Establece un Régimen de Garantías en Salud, específicamente en lo referente al plazo dentro del cual es exigible esa acreditación como requisito para el otorgamiento de las prestaciones que indica por parte de ciertos prestadores institucionales, aspecto regulado en el artículo 14 del decreto N° 3, de 2016, del Ministerio de Salud, que Aprueba Garantías Explícitas en Salud del Régimen General de Garantías en Salud.

Al respecto, es necesario advertir que de acuerdo con las instrucciones contenidas en el oficio N° 24.143, de 2015, esta Contraloría General emite informes a solicitud de particulares o funcionarios públicos en la medida que éstos expongan un asunto que se refiera a derechos o intereses específicos, individuales o colectivos, circunstancia que no consta en la especie, por cuanto el peticionario solamente plantea inquietudes de carácter general, en que no se especifica cómo la situación expuesta le afecta, ni los antecedentes de hecho vinculados a la misma, por lo que, en esta oportunidad, esta Entidad de Control debe abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido (aplica criterio contenido en el dictamen N° 3.252, de 2016).

Sin perjuicio de lo anterior, cumple con remitir, para su conocimiento, fotocopia del informe emitido sobre la materia por la Superintendencia de Salud, entidad competente respecto de la misma, en conformidad con el decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.

Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República nombre reservado

Jefe División Jurídica Subrogante