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Derecho público chileno

DictamenN° 15.663 de 201629 feb 2016

Se abstiene de ejercer el control previo de juridicidad de la resolución N° 252, de 2016, de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, por tratarse de una…

Fecha
29 de febrero de 2016
Materia
Probidad, transparencia e inhabilidades
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
res 1600/2008 CONTR tit/VI, res 1600/2008 CONTR art/9 num/9/1/1
Descriptores
facultades CGR, toma de razón, contratos de servicios, abstenciones, materia exenta
Cita
Dictamen N° 15.663 de 2016

Sumario

Se abstiene de ejercer el control previo de juridicidad de la resolución N° 252, de 2016, de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, por tratarse de una materia exenta de toma de razón

Relaciones

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Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 15.663 Fecha: 29-II-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de ejercer el control previo de juridicidad de la resolución del epígrafe, mediante la cual se autoriza la contratación directa del servicio de alimentación para el hospital de esa institución, por cuanto el mencionado instrumento, en atención a su materia, se encuentra exento del trámite de toma de razón, de acuerdo con lo dispuesto en la resolución N° 1.600, de 2008, de esta Entidad de Fiscalización, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Por consiguiente, se remite adjunto el mencionado documento, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el título VI de la precitada resolución.

Finalmente, se hace presente que según lo previsto en el artículo 9°, número 9.1.1 de la aludida resolución N° 1.600, se encuentra sometida a trámite de toma de razón la resolución que apruebe el contrato suscrito entre las partes mediante trato directo, cuando su monto supere las 2.500 UTM, la que deberá ser remitida por esa institución para el control respectivo (aplica criterio contenido en el dictamen N° 84.657, de 2015).

Saluda atentamente a Ud.

nombre reservado

Contralor General de la República