Se abstiene de emitir pronunciamiento por tratarse de aspectos de mérito
- Fecha
- 1 de marzo de 2011
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- ley 20244 art/3, ley 19464, ley 10336 art/21B
- Descriptores
- abstención Contraloría
- Cita
- Dictamen N° 12.635 de 2011
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° 52.394 de 2011
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 7.655 de 2010
- Aplica Dictamen N° 49.009 de 2009
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 12.635 Fecha: 1-III-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora nombre reservado, asistente de la educación, de la Municipalidad de Santiago, manifestando su disconformidad con la evaluación que a su respecto realizó esa entidad edilicia, atendido los argumentos de mérito que expresa.
Como cuestión previa, cabe entender que la calificación a que alude la peticionaria es aquella a que se refiere el artículo 3° de la ley N° 20.244 -que introduce modificaciones en la ley N° 19.464-, que otorga al personal asistente de la educación que se desempeñe en los establecimientos educacionales administrados directamente por las municipalidades, entre otros, un bono anual vinculado a los resultados de la aplicación de un sistema de evaluación de desempeño.
Precisado lo anterior, es menester señalar que atendido que en la especie, la alegación formulada por la recurrente versa sobre la valoración insuficiente de su desempeño laboral, esta Contraloría General debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, ya que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 B de la ley N° 10.336, esta Entidad Fiscalizadora no puede evaluar los aspectos de mérito o de conveniencia de las decisiones políticas o administrativas (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 49.009, de 2009, y 7.655, de 2010).
nombre reservado
Contralor General de la República