Cursa con alcances el Decreto N° 291, de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública
- Fecha
- 9 de mayo de 2018
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- Res 1600/2008 contr art/3
- Descriptores
- facultades cgr, toma de razón, contratos de servicios
- Cita
- Dictamen N° 11.779 de 2018
Relaciones
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 39.112 de 2017
- Aplica Dictamen N° 36.563 de 2017
- Aplica Dictamen N° 15.016 de 2017
- Aplica Dictamen N° 12.383 de 2017
- Aplica Dictamen N° 81.954 de 2016
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 11.779 Fecha: 09-V-2018 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que aprueba el contrato de prestación de servicios de enlace de datos y telefonía que indica, suscrito con Telefónica Empresas Chile S.A., por cuanto se ajusta a derecho.
No obstante lo anterior, cabe hacer presente que de conformidad con lo previsto en el artículo 3° de la resolución N° 1.600, de 2008, de este Organismo Contralor, la toma de razón del indicado acto administrativo no importa un pronunciamiento sobre las materias exentas que este contiene, como es el caso de la oferta de la empresa con la que se contrata, inserta en el punto V de la parte dispositiva del decreto de la especie (aplica criterio contenido en oficios N° s. 36.563 y 39.112, ambos de 2017 y 81.954, de 2016).
Además, en lo formal, ese servicio deberá inutilizar el reverso de las páginas de sus actos administrativos con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, o bien, imprimir tales documentos por ambos lados (aplica oficios N°s. 15.016 y 12.383, ambos de 2017).
Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto de la suma.
Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República