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Derecho público chileno

DictamenN° 11.779 de 20189 may 2018

Cursa con alcances el Decreto N° 291, de 2018, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública

Fecha
9 de mayo de 2018
Materia
Toma de razón y control de legalidad
Criterio
Aplica Jurisprudencia
Fuentes legales
Res 1600/2008 contr art/3
Descriptores
facultades cgr, toma de razón, contratos de servicios
Cita
Dictamen N° 11.779 de 2018

Relaciones

Este documento se refiere a

Tal como las publica la fuente.

Texto íntegro

N° 11.779 Fecha: 09-V-2018 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, que aprueba el contrato de prestación de servicios de enlace de datos y telefonía que indica, suscrito con Telefónica Empresas Chile S.A., por cuanto se ajusta a derecho.

No obstante lo anterior, cabe hacer presente que de conformidad con lo previsto en el artículo 3° de la resolución N° 1.600, de 2008, de este Organismo Contralor, la toma de razón del indicado acto administrativo no importa un pronunciamiento sobre las materias exentas que este contiene, como es el caso de la oferta de la empresa con la que se contrata, inserta en el punto V de la parte dispositiva del decreto de la especie (aplica criterio contenido en oficios N° s. 36.563 y 39.112, ambos de 2017 y 81.954, de 2016).

Además, en lo formal, ese servicio deberá inutilizar el reverso de las páginas de sus actos administrativos con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, o bien, imprimir tales documentos por ambos lados (aplica oficios N°s. 15.016 y 12.383, ambos de 2017).

Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del decreto de la suma.

Saluda atentamente a Ud., nombre reservado

Contralor General de la República