Cursa con alcance la Resolución N° 51, de 2017, de La Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas
- Fecha
- 13 de octubre de 2017
- Criterio
- Aplica Jurisprudencia
- Fuentes legales
- Res 1600/2008 Contr art/3
- Descriptores
- facultades cgr, toma de razón, contratación suministro, JUNAEB, alimentación
- Cita
- Dictamen N° 36.563 de 2017
Relaciones
Pronunciamientos posteriores sobre este
- Aplica Dictamen N° E152.458 de 2025
- Aplica Dictamen N° 11.779 de 2018
Este documento se refiere a
- Aplica Dictamen N° 81.954 de 2016
Tal como las publica la fuente.
Texto íntegro
N° 36.563 Fecha: 13-X-2017 Esta Contraloría General ha dado curso al documento del epígrafe, mediante el cual se aprueban las bases administrativas, técnicas y operativas y anexos para la contratación del servicio de suministro de raciones alimenticias para los beneficiarios de los programas de alimentación escolar y de párvulos para los años 2018, 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023, por cuanto se ajusta a derecho, pero cumple con señalar que, de conformidad con lo previsto en el artículo 3° de la resolución N° 1.600, de 2008, de este Organismo Contralor, la toma de razón del indicado acto administrativo no importa un pronunciamiento sobre las materias exentas que este contiene (aplica dictamen N° 81.954, de 2016). Con el alcance que antecede, se ha tomado razón de la resolución de la suma. Saluda atentamente a Ud., nombre reservado
Contralor General de la República