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Derecho público chileno

NormaLey N° 21.60086 de 167
Norma
Ley N° 21.600
Título
Crea el servicio de biodiversidad y áreas protegidas y el sistema nacional de áreas protegidas
Cita
Ley N° 21.600, artículo 86

Texto del artículo

Artículo 86.- Bases de licitación. Corresponderá al Servicio llevar a cabo el proceso de licitación, para lo que confeccionará las bases para el llamado. Tales bases deberán ajustarse a la categoría, objeto de protección y al respectivo plan de manejo del área, y podrán contemplar restricciones a la actividad a concesionar.